y estudiadas como han sido las declaraciones de los testigos ciudadanos: YELIXSA JOSEFINA BOGADY ARIAS Y LEANDRO ANTONIO VICENTE VÁSQUEZ, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en Carúpano Municipio, Bermúdez del Estado Sucre y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 10.217.807 y 9.450.924, respectivamente, los cuales rindieron sus declaraciones por ante este Juzgado, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ella demostró lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA EXTINTA: ROSA RAMONA PEÑA DE RIVERA a los ciudadanos NINOSKA JOSÉ RIVERA PEÑA, YUDITH TERESA MARCANO DE ORDOSGOITTY, JUAN PEDRO RIVERA PEÑA, CARMEN RAMONA RIVERA DE FERMÍN, ROSA ELENA PEÑA, ADELA DEL CARMEN RI.....