DECISIÓN
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: Se admiten Recursos de Apelación interpuestos por la ciudadana EDITH RAMÍREZ BORGES, en su condición de víctima indirecta, debidamente asistida por la Abogada NOELIA QUIARO, inscrita en el I.P.S.A., bajo el número 95.431 y por la Abogada MAGLLANYTS MILAGROS BRICEÑO DÍAZ, en su carácter de Fiscal Auxiliar Interina de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, de la Primera Circunscripción Judicial del Estado Sucre, ambos contra la decisión de auto de fecha cinco (05) de noviembre de dos mil once (2011), dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, mediante la cual decretó MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD, a favor del ciu.....