este Tribunal de Juicio de la Sección Penal de Adolescentes del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, admite las pruebas promovidas por los Abgs. Ulises Bello Rivera, Ulises Bello Yance y Massiel Rodríguez, de conformidad con lo previsto en el artículo 586 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en virtud de ello, se acuerda citar a los testigos promovidos por la defensa y que han sido admitidos por este Tribunal, es decir, los ciudadanos: Joseph Rodríguez de Silva, María Isabel Gamardo, Crisbelis Alexandra Suárez Malavé y Luis Enrique Suárez Pérez, titulares de las cédulas de identidad N°s. 13.318.754, 16.627.059, 17.909.795 y 8.224.659, respectivamente; los cuales deberán citarse en la dirección aportada por la defensa, la cual consta en el escrito de solicitud, para que comparezcan a este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, el día 22-07-20.....