DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de la ciudadana YANLENIS YOANIXA ONORE MARTINEZ, Venezolana, natural de Guiria del Municipio Valdez del Estado Sucre, titular de la Cedula de Identidad Número V-14.612.399, de 40 años de edad, nacido en fecha 15/03/1978, soltero, de profesión o Oficio del hogarr, hijo Victor Onore (f) y Gregoria Martinez (f) y residenciado en Barrio Independencia, calle principal, casa N° 17, cerca del Mercal, Guiria del Municipio Valdez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de OBTENCION INDEBIDA DE BIENES O SERVICIOS, previsto y sancionado en el articulo 15 Ley Orgánica Contra los Delitos Informáticos, y el delito de ASOCIACION PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, ambos en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 236, numerales 1, 2 y 3; 237, numerales y 238 todos del Código Orgánico Procesal Penal.