En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BOLÍVAR Y MEJÍA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO conforme a lo previsto en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano, interpuesta por los ciudadanos: SCARLET MICHELLE GONZÁLEZ BRITO Y LUÍS EDUARDO ZAPATA CARRILLO, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad números V-20.992.945 y V-20.346.155, La primera en el Sector Nueva Marigüitar Los Apartamentos, Bloque Nº 1, Piso Nº 1, Apartamento 01-02, Marigüitar, Municipio Bolívar, Estado Sucre y el segundo domiciliado en el Sector Caigua, Callejón Valencia, casa sin número, Marigüitar, Municipio Bolívar, Estado Sucre, asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio FRANCISCO .....