Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso a favor del ciudadano ERICK VICENTE RODRÍGUEZ PALOMAR, venezolano, de 35 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil, nacido el 25-04-74, titular de la Cédula de Identidad N° 11.690.917, hijo de Maria de los Reyes Palomares y Florencio Vicente Rodríguez, y domiciliado en: Calle San José, Monte piedad, Edificio N° 43, piso N° 02, apartamento 4, parroquia 23 de Enero, Municipio Libertador, Caracas, Distrito Capital; por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ANA BERZAIS GUTIÉRREZ TOVAR; imponiéndole las siguientes condiciones por el plazo de un (01) año, las siguientes: PRIMERO: La No agresió.....