este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECRETA la Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano Hevel José Cabezas Bonillo, quien se identifica así: venezolano, de 18 años de edad, nacido en Carúpano, Estado Sucre, en fecha 10-08-1987, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.777.774, no sabe leer ni escribir, de profesión u oficio agricultor, hijo de Armanda Bonillo y Alquidio Cabezas, domiciliado en Sector Guaraguao, en los conucos, pasando la curva los chinos, carretera Nacional Carúpano-Cumaná, entre Guaca y la Esmeralda, casa s/n, por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el artículo 453, ordinal 3 y 4 del Código Penal en perjuicio del ciudadano Simón José Palacio. Se califica la Flagrancia ordenándose el Procedimiento Ordinario. Se ordena su reclusión en el Internado Judicia.....