Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda DE OBLIGACION ALIMENTARIA solicitada por la ciudadana ELADIA DEL CARMEN MARTINEZ contra el ciudadano FELIX RAMON MOYA OLIVEROS, plenamente identificados en el encabezamiento de la presente decisión, a favor del niño, este Tribunal condena al progenitor a suministrar a su hijo la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (BS. 100.000,00) MENSUAL, que equivale aproximadamente el 50% de un salario mínimo, y en el mes de AGOSTO y DICIEMBRE la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARFES (BS. 250.000,00) para cubrir los gastos de UTILES, UNIFORMES ESCOLARES, JUGUETES Y ROPAS, de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 30, 365 y 369 de la LOPNA, en concordancia con el 76 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela.