En atención a los motivos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, niega el decreto de la medida de embargo preventivo y de prohibición de enajenar y gravar, en el procedimiento contentivo de la acción de Intimación de Honorarios Profesionales, seguido por el abogado NARCISO RAFAEL LARA, inscrito en el Instituto de Previsión social del bajo el Nº. 68.197, contra la ciudadana SONIA JOSEFINA ROMERO, titular de la cédula de identidad No. 5. 698.914, asistida por la abogado en ejercicio ELISA VAZQUEZ VIZCAINO, inscrita en el Instituto de Previsión social del Abogado bajo el Nº 29.596.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Marítimo y Bancario del Prim.....