En consecuencia este Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA al acusado FREDDY MARIANO BRITO, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 39 años de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 15.893.348, albañil, nacido el 31-10-1974, hijo de Mariano Bermúdez y Juana Brito y domiciliado en: Sector la Campiña, Callejón, Casa S/N, por la entrada de la mata de guayacán, Guiria, Municipio Valdez del estado Sucre, a cumplir una pena de CINCO (05) AÑOS Y CUATRO (4) MESES DE PRISIÓN, mas las Accesorias de Ley, por la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS DE ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 del C.....