DECRETA: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD en contra de los imputados CRISTIAN ESTEBAN RICCI GIL; por estar incurso en la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Leves, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de Luís Armando Bertoncini Bravo y Carmen Rosiris Rojas De Moya y Porte Ilícito de Arma de Fuego, en perjuicio del Estado Venezolano; y ÁNGEL AQUILES SUNIAGA RAMOS por estar incurso en la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Leves, en perjuicio de Luís Armando Bertoncini Bravo y Carmen Rosiris Rojas De Moya; consistente en PRESENTACIONES CADA QUINCE (15) DÍAS POR ANTE LA UNIDAD DE ALGUACILAZGO DE ESTA EXTENSIÓN JUDICIAL, POR EL LAPSO DE SEIS (06) MESES