Este Juzgado de Ejecución de la Sección de Adolescentes administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley conforme a los artículos 645 y 647 literal H de la LOPNNA. Decreta el cese de la medida de Reglas de Conducta que fuere impuesta al sancionado XXXX, quien fue sancionado a cumplir la medida de tres (03) años y cuatro (04) meses de privación de libertad, por la comisión del delito robo agravado, previsto en el artículo 460 del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos XXX; y en virtud de sustitución de medida por revisión se encontraba cumpliendo reglas de conducta las cuales cumplió satisfactoriamente.-
Notifíquese a las partes, que este Juzgado, conforme a los artículos 645 y 647 literal H de la LOPNNA, decreto el cese por cumplimiento, de la medida de reglas de conducta, que debía cumplir el sancionado XXX. Librese boleta en la que se informe al sancionado XXX,, que este Juzgado, conforme a los artículos .....