En virtud de todo lo antes expuesto, éste Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 05, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a JOSE GUERRA REYES, venezolano, natural Guiria de la Costa, Estado Sucre, de 48 años de edad, nacido en fecha 06-01-1966, de estado civil soltero de profesión u oficio chofer, titular de la cedula de identidad Nº 10.517.751, hijo de Olimpio Farias Y Adriana Guerra, y con domicilio en: Juan Pedro, calle El Colegio, casa sin numero, cerca del colegio, Municipio Mariño, del Estado Sucre y GREGORIO JOSE VALDEZ GUZMAN, venezolano, natural Guiria de la Costa, Estado Sucre, de 20 años de edad, nacido en fecha 05-01-1994, de estado civil soltero, de profesión u oficio ayudante de albañil, titular de la cedula de identidad Nº 23.841.172, .....