Este Tribunal Segundo de Ejecución, a los fines de decidir la presente solicitud, toma en consideración que la respectiva solicitud no tiene soportes que acrediten la invitación a ese Internado Judicial a participar en los referidos juegos, ni mucho menos se hace indicación alguna a que equipo representa el penado de autos; es por lo que se ACUERDA SIN LUGAR lo solicitado, en el sentido de y autorizar el traslado del Penado EDGAR MIGUEL MÁRQUEZ SERRANO, titular de la cédula de identidad Nº 21.398.835, para que participe en los Juegos Zonales Penitenciarios los días 04 al 10 de Junio del año 2010, en las instalaciones del Internado Judicial de Monagas (La Pica). Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 26 de la Ley de Régimen Penitenciario