DECISIÓN
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: INADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado CARLOS JOSÉ ANDRADE GUTIÉRREZ, inscrito en el I.P.S.A., bajo el número 132.373, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano LUIS GUILLERMO ROMERO ROMERO, imputado de autos y titular de la cédula de identidad número V-24.401.136, contra la decisión de fecha seis (6) de noviembre de dos mil catorce (2014), dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal, Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre - Sede Cumaná, en el marco del acto de audiencia preliminar y mediante la cual, se dictó auto de apertura a juicio, manteniendo la medida de coerción personal que fuere impuesta al identificado encartado, a quien se sigue causa p.....