ASUNTO : RP01-D-2006-000192
Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Vista la ADMISIÓN DE LOS HECHOS de la adolescente: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, venezolana, xxxxxxxxxxx, titular de la cédula de identidad N° 20.991.714, nacida en fecha xxxxxxxxxxx soltera, domiciliada en xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx en virtud de la investigación iniciada por su presunta comisión en uno de los delitos contra las Personas como lo es el delito de LESIONES PERSONALES LEVES previsto y sancionado en el articulo 416 del Código Penal en perjuicio de JUAN CARLOS VALLEJO imponerla inmediatamente de la sanción solicitada por la Representación Fiscal de conformidad con el contenido del artículo 583 de la LOPNA, en virtud que la misma se acogió al procedimiento por Admisión de los Hechos contenido en el mencionado artículo, siendo la misma SEIS (06) MESES DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD, de conformidad con los Artículos 620 literal C en concordanci.....