Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el DERECHO DE VISITAS intentado por la ciudadana MIRYAN JOSEFINA ESPINOZA MOYA, en contra del ciudadano EULOGIO RAFAEL VIÑA VALLENILLA, plenamente identificados en el encabezamiento de la presente decisión , en beneficio de los adolescentes y el niño, de conformidad con la establecido en los artículos 25, 26, 27, 385, 386,387,389 y 8 de la LOPNA. Este Tribunal establece el régimen de visitas ALTERNO, es decir, los fines de semanas de 10:00 AM, del día sábado hasta el día domingo en la tarde, día del padre con su progenitor y día de la madre con su madre, los cumpleaños alternos, navidad, año nuevo, vacaciones, carnavales y semana santa alternados, como lo estableció la progenitora en su escrito liberal y la declaración de los adolescentes y del niño. Así se Decid.....