JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
EXTENSION -CARUPANO.
EXPEDIENTE N° 3.652.-
SENTENCIA: HOMOLOGACION OBLIGACION ALIMENTARIA
SOLICITADA: POR LA CIUDADANA: HAYDEE FRONTADO LOPEZ, EN FECHA 07-10-04.
Se inicia el siguiente procedimiento mediante el escrito presentado por Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, representando judicialmente a la Ciudadana HAYDEE FRONTADO LOPEZ, en su condición de progenitora del niño.
Mediante comparecencia de ambos progenitores del niño, ciudadanos IGNACIO VILLARROEL RIVAS Y HAYDEE FRONTADO LOPEZ, Venezolanos, mayores de edad, Titulares de la Cédula de Identidad N° 6.955.544 Y 15.414.675, respectivamente, domiciliados en Calle Principal N° 14-B Playa de Sal Sector El Matadero y en Calle Las Delicias, Sector Los Cerritos N° 05, Guaca ambos de esta Municipio Bermúdez, quienes llegaron al siguiente acuerdo:
PRIMERO: Se establece una Obligación Alimentaria por medio del padre se compromete a suministrar a su hijo semanalmente un Mercado es decir su comida.-
SEGUNDO: En el mes de Diciembre le comprara sus ropas, calzado y juguete.-
TERCERO: Se deja constancia que la progenitora estuvo de acuerdo con el convenimiento suscrito.-
Teniendo esta Acta de Convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contraria a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a los niños y adolescente por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir con una obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia este Juzgado de Protección del niño y del Adolescente del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el Convenimiento suscrito entre los ciudadanos IGNACIO VILLARROEL RIVAS Y HAYDEE FRONTADO LOPEZ, Venezolanos, mayores de edad, Titulares de la Cédula de Identidad N° 6.955.544 Y 15.414.675, respectivamente, domiciliados en Calle Principal N° 14-B Playa de Sal Sector El Matadero y en Calle Las Delicias, Sector Los Cerritos N° 05, Guaca ambos de esta Municipio Bermúdez . De conformidad con los artículos 262 del Código de procedimiento Civil y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente atribuyen a los Tribunales de Protección del niño y del Adolescente la competencia para homologar los acuerdos celebrados entre las partes.
PÚBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, a los dos (02) días del mes de Noviembre del año 2004. Años 145° de la Independencia y 144° de la Federación.
Da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente y su remisión al archivo judicial.
ABOG. FANNY MARTINEZ MARTINEZ,
JUEZ TEMPORAL DE PROTECCIÓN-SALA DE JUICIO.
LA SECRETARIA,
ABG., PETRA DEYANIRA MARQUEZ.
Exp. N° 3.652.-
AMDZ/pdm/fg.-
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