En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre; Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Ordena la corrección de la Sentencia de fecha 06 de Agosto del 2.009, en el sentido donde aparece el demandado ciudadano: REYES JOSÉ MARCANO URBANO, identificado con la Cedula de Identidad N° 5.899.018 debe decir REYES JOSÉ MARCANO URBANO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 4.505.430, que es lo correcto. Asimismo en la parte final de la Sentencia se colocó erróneamente “En consecuencia, condena al demandado a cancelar al ciudadano: JOSÉ VICENTE MARCANO VÁSQUEZ, el veinte por ciento (20%) del salario del ciudadano: LUIS MANUEL FAJARDO”, debiendo decir “En consecuencia, condena al demandado ciudadano REYES JOSÉ MARCANO URBANO a cancelar al ciudadano: JOSÉ VICEN.....