Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia actuando en nombre de la república Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, condena a los acusados CARMEN ELENA GONZALEZ, venezolana, de 60 años de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.691.906, viuda, de oficio cocinera, residenciado en la Urbanización Brasil, sector 3, calle 13, vereda 26,casa número 03, Cumaná, estado Sucre y ALINSON RAFAEL BERMUDEZ GONZALEZ, venezolano, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad No. 21.398.143, soltero, de oficio albañilería, residenciado en la Urbanización Brasil, sector 3, calle 13, vereda 26,casa número 03, Cumaná, estado Sucre a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, este Tribunal así mismo acuerda mantener la medida de privación en las instalaciones del Internado Judicial de esta Ciudad.