Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SE ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado NESTOR LUÍS MARTÍNEZ, Actuando con el carácter de Defensor Privado del ciudadano ANIBAL JOSÉ CEDEÑO, contra la decisión dictada en fecha 25 de Febrero de 2011, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Función de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, mediante la cual NEGÓ la solicitud de entrega del vehículo con las siguientes características Marca: Ford, Modelo: F-150XLT AUTO F-150, Año: 2007, Clase: Camioneta, Tipo: Pick-up, Color: Plata, Uso: Carga, Serial del Motor: 7KC90125, Serial de Carrocería: 1FTRF04567KC90125, Placa: 62VAZ, realizada por el ciudadano ANIBAL JOSÉ CEDEÑO.