Este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en Nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECLARA con lugar la solicitud de entrega del vehículos vehículo marca Toyota, modelo Corrolla, año 1991, color Rojo, tipo Sedan, serial de Carrocería AE928808494, placa AA688E y serial de motor 4A2198852, se mantiene en la persona del ciudadano ORLANDO RAFAEL GARCIA GALANTÓN, titular de la cédula V-13.598.445, con domicilio en la calle principal del Sector Tres Picos, casa sin número, al lado de la escuela de tres picos, cumaná Estado Sucre, acordándose la entrega en Guarda y Custodia del mismo. Se acuerda librar oficio al estacionamiento El venezolano en la Ciudad de Carúpano a fin de que se proceda a la entrega inmediata del vehículo. Líbrese oficio al CICPP, para que el vehículo sea excluido de su condición de solicitado, en virtud de que se esta entregando en Guarda y Custodia a su poseedor. En virtud de que esta decisión fue dictada en Audiencia Ora.....