PRIMERO: PERENCION DE LA INSTANCIA, en la acción que por mero declarativa de reconocimiento de unión estable de hecho –post morten- intentara la ciudadana Mírela Josefina Astudillo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 5.085.986, debidamente asistida por el abogado en función de defensor público auxiliar Haroldo Andrés Hernández Moreno, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 311.818, contra los ciudadanos Carmen Eugenia Rodríguez Astudillo, Eduard José Rodríguez Astudilllo, Claudimar Jose Rodríguez Astudillo, Felimar Carolina Rodriguez De D’antouno, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad NºV-12.657.481, V-13.631.426, V-13.942.596, V- 16.314.320.en consecuencia, EXTINGUIDO el proceso.