ESTE TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, condena por el procedimiento de admisión de los al acusado ALEXANDER JOSE LANZA MEDINA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 19.238.206, natural de Cumaná, nacido en fecha 10-11-1986, de 25 años de edad, soltero, de profesión u oficio comerciante, hijo de Alexis Lanza y Elvira Medina, teléfono 0424-8312122, y residenciado en Cantarrana, calle principal, casa con número desconocido, a cuatro casas de la iglesia, Cumaná, Estado Sucre; por la comisión de los delitos de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO y OCULTAMIENTO DE MUNICIONES, previstos y sancionados en los artículos 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas y 277 del Código Penal concatenado con el artículo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, en perjuicio de LA COLECTIVI.....