Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA La revocación de las medidas de libertad asistida y reglas de conducta impuestas al sancionado "OMISSIS", por la comisión del delito de: Ocultamiento De Sustancias Estupefacientes, tipificado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de la colectividad, por el cumplimiento de la medida de Privación de Libertad por el lapso de dos (02) meses y once (11) días, en virtud del incumplimiento injustificado de las mismas. Ahora bien, verificado como ha sido que el sancionado ha cumplido el lapso anteriormente previsto detenido en diferentes comandancias de policía, desde que se ordenó su traslado hasta esta Jurisdicción, considera este despacho que ha cumplido con la sanción impuesta en la presente fecha, .....