Teniendo esta Acta de Convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contraria a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a los niños y adolescentes, por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir con una obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia este Juzgado de Protección de niños, niñas y Adolescentes del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el Convenimiento suscrito entre los ciudadanos JOSE LUIS RAMOS MORILLO, venezolano mayor de edad titular de la cedula de identidad nº 6.244.776, domiciliado en la Urbanización Primero de Mayo, calle Bolívar casa Nº 33 y labora en la Cooperativa de Transporte Los Panes, y la ciudadana TERESA DEL JESUS BRUZCO BELLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.883.083, domiciliada en la Urbanización Charallave, sect.....