Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta: La Suspensión Condicional del Proceso, a los ciudadanos Orlando Salaverria, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.042.759, de 54 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Agricultor, domiciliado en Río Salado, Calle Andrés Bello, Casa Nº 35, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, quien manifestó: Me acojo al Precepto Constitucional, es todo. Acto seguido, procedió a identificarse el Segundo de ellos como: Sixto Beltran Díaz, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 2.637.651, de 63 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Agricultor, domiciliado en el Sector Civisa, Vía Macuro, Municipio Valdez del Estado Sucre,.....