Este Tribunal Cuarto de Control Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autorida de la Ley ACUERDA: AMPLIARLE EL RÉGIMEN DE PRUEBAS impuestos al ciudadano: LUIS ANIBAL MARCANO SUBERO, venezolano, natural de Carúpano, de 48 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.913.597, nacido el 14-05-66, de estado civil casado, hijo de Francisco Marcano y Victorina de Marcano ( fallecida), profesión u oficio: agricultor, residenciado en: Guiria, sector Guarama Arriba, cerca de la Iglesia Catolica, Municipio Valdez del Estado Sucre, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, tipificado en el artículo 470 del Código Penal, en relación con el primer aparte del Artículo 43 de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo establecido en el Articulo 358 del Código Orgánico Procesal Penal Estableciendo un régimen de pruebas por el lapso de SEIS (06) MESES, las siguientes: PR.....