DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta: La Suspensión Condicional del Proceso al ciudadano Julio Cesar González Velásquez, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.779.612, nacido en fecha 11-06-1985, de 27 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil , hijo de Sulma Velásquez y Julio González, y residenciado en la Calle 22 de Marzo, Casa N° 47, cerca de la cancha del sector, Playa Grande, Parroquia Bolívar, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la comisión del delito de Lesiones Personales Graves, previsto en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Luí.....