DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del imputado: JOSE DEL VALLE LA ROSA, venezolano, mayor de edad, nacido en Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, nacido en fecha: 05-07-66, de 46 años, titular de la Cédula de Identidad N° 10.215.561, hijo de Pió José Urbaez y Luisa la Rosa, de profesión Comerciante, soltero y residenciado en: Urb. Manuel Salvador Salinas, Calle 1, Casa Nª 16, el Muco, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre; por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos de: PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD, VIOLENCIA FÍSICA, VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 174 del Código Penal y los artículos: 39, 41 Y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a las Mujeres a una vida libre de violencia, en perjuicio MARIEL TERESA ARIAS BONILLA, Consistente en un régimen de presentaciones periódicas, cada.....