Decisiones vinculantes para este Tribunal, tal como lo señala la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su artículo 335, cuando expresa que las interpretaciones que establecen la Sala Constitucional sobre el contenido y alcance de las normas y principios constituciones son vinculantes para las otras Salas del Tribunal Supremo de Justicia y demás Tribunales de la Republica. -
Esta Juzgadora, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta La Perención de la instancia, conforme al Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, conjuntamente con lo dispuesto en el artículo 268 del Código designado, por no haber ejecutado ningún acto del procedimiento hasta la presente fecha, produciéndose una discontinuidad material de la instancia. Así se Declara.- Archívese el presente expediente y remítase en su oportunidad al archivo judicial.-
LA JUEZA PROVISORIA.
Abg. MARISOL MUJICA.
LA SECRETARIA.
ABG. CA.....