Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA en la demanda de SIMULACION DE CONTRATO DE CONSTRUCCION, presentada por el ciudadano JOSE ENRIQUE RAMOS GUERRA, titular de la cedula de identidad N°V-5.911.954, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°164.699, procediendo como apoderado judicial del ciudadano TOMAS FUENTES, titular de la cedula de Identidad N°V-2.897.716, Según poder debidamente autenticado por ante el Registro Público del Municipio Valdez del Estado Sucre, en fecha 17/02/2017,N° 31, tomo 2, folios del 93 al 95 del libro de autenticación llevados por esta oficina de Registro, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, parcialmente transcrito. Y ASÍ SE DECIDE. -