´se declara INCOMPETENTE por razón de la materia para conocer de la
presente solicitud de Divorcio por Desafecto, presentada por la ciudadana YEISI KARINA
INDRIAGO, venezolana, casada, Titular de la Cédula de Identidad Nros V-16.398.758,
domiciliada en Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, asistida por la abogado
YOLEIDA CARABALLO, Inpreabogado Nº175.552, en contra del ciudadano LUIS FRANCISCO
RODRIGUEZ SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-
12.888.469, en virtud de ello se declina la competencia al Tribunal de Protección del Niño,
Niña y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre´