En consecuencia este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, LIBERTADOR, BENITEZ, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: BASTANTES Y SUFICIENTES DICHAS ACTUACIONES PARA ASEGURARLES A LOS CIUDADANOS: JOSE RAMÓN SALCEDO HERNÁNDEZ, ROSA JOSEFINA SALCEDO DE OJEDA y CARMEN MARIUSKA SALCEDO HERNANDEZ titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 4.950.153 , V- 4.298.734 y V- 10.876.940 respectivamente, sus derechos COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana: LUISA MARIA HERNANDEZ DE SALCEDO, fallecida ab-intestato el Once (11) de Mayo de 2.019, en la ciudad de Puert.....