En consecuencia, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, suficiente sobre la mencionada Bienhechurias a favor de la ciudadana YAMINA MARIA TINEO DE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V- 11.437.402, domiciliada en la Calle Principal de San Martín, Casa Nº 61, Sector San Martín, Parroquia Santa Rosa, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide.-