En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: SIMÓN ERNESTINO GUEVARA ROJAS y ZULEIMA JOSEFINA ARCILA RODRÍGUEZ, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros N° V- 3.761.667 y V- 8.343.261, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio ciudadano: JUAN CARLOS HERNÁNDEZ CABRERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 168.077, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura de Pozuelos, Municipio Sotillo, del Estado Anzoátegui, en fecha: siete (07) del mes de Julio del año Mil Novecientos Ochenta y .....