III DECISIÓN.-
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero y Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley. Declara Bastante y Suficiente las probanzas evacuadas para asegurarle a el solicitante ciudadano: DOMINGO ANTONIO FUENTES MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, Comerciante, titular de la cédula de identidad N°. V-11.444.736, domiciliado en la calle Manzanares, S/Nº, urbanización Valle Lindo, en la Población de Casanay, Parroquia Mariño, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre; Título Supletorio de Propiedad sobre la siguiente Bienhechuría: consistente en una (01) casa con paredes de zinc, piso de cemento y techo de zinc, con dos (02) compartimientos, una (01) cocina, un (01) comedor, una (01) sala y un (01) baño. Dicha casa.....