DECISION
Por todos los razonamientos expuestos anteriormente y vista la solicitud presentada por la ciudadana: MARIA MAGDALENA LOZADA, plenamente identificada, este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RIBERO Y ANDRÉS ELOY BLANCO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; Resuelve: NIEGA a la ciudadana: MARIA MAGDALENA LOZADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.298.026, domiciliada en la Calle principal de la comunidad de Saucedo, Municipio Ribero del Estado Sucre, el pedimento que hiciera para que se declare como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, de la extinta ALFONZO LOZADA ELENNIS MARIA, quien murió Ab-Intestato en fecha 08 de Septiembre del 2.015, en el hospital General de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 937 del Código de Procedimiento Civil .....