Por las razones antes expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia De Juicio Del Trabajo Del Estado Sucre, actuando en sede constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la Medida cautelar DE SUSPENSION DE EFECTOS, del acto administrativo contenido en el expediente 021-2016-01-00240, signado con el Nº. 232-2016, de fecha 26/09/2016, la cual ratifica la orden de reenganche y la restitución a la situación jurídica infringida con el consecuente pago de los beneficios laborales dejados de percibir entre otros, de los ciudadanos RAIZA DELGADO, AMERICA JIMENEZ Y OTROS.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia De Juicio Del Trabajo Del Estado Sucre, a los veintiséis (26) días del mes de Abril del año dos mil diecisiete (2017). Años: 207º de la Independencia y .....