Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Prestaciones sociales y demás conceptos laborales intentada por LUIS JOSE CORDOVA ANTON, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No. 538.057, en contra de CONSERVAS ALIMENTICIAS LAS GAVIOTAS, C.A.
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada cancelar la suma que resulten de la experticia complementaria del fallo por los conceptos de Compensación por Transferencia, Indemnización de Antigüedad, mas bono de Alimento, uniforme y otros implementos, así mismo lo que arroje la experticia complementaria del fallo por concepto de antigüedad articulo 108 de la L.O.T días adicionales, vacaciones y bono vacacional, utilidades fraccionadas, indemnización previst.....