Por las razones de hecho y fundamentos de derecho reseñados, este Tribunal Primero Superior del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada contra la decisión de fecha 26 de Septiembre de 2006, proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. SEGUNDO: SE MODIFICA LA DECISION DEL TIBUNAL A-quo, en los puntos establecidos en la parte Motiva de la presente sentencia. TERCERO: NO HAY CONDENATORIA ES COSTAS por la naturaleza de la decisión. CUARTO: REMÍTASE LA PRESENTE CAUSA en la oportunidad legal correspondiente a la Coordinación Judicial para que sea enviado a los Tribunales de Sustanciación,
Publíquese, regístrese, agréguese a los autos y déjese copia de esta decisión.
Dada, firmada y sellada en.....