Este Tribunal Superior del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandante. SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia de fecha 18 de Junio de 2015, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Estado Sucre; TERCERO: No hay condenatoria en Costas, por haberse declarado con lugar el recurso de apelación. CUARTO: CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por motivo de COBRO DE BENEFICIOS LABORALES, siguen los ciudadanos LUIS CARLOS HERNANDEZ, FRANCISCO GONZALEZ, FRANCISCO MANUEL ROQUE, ALEJANDRO ACUÑA, JOSE GREGORIO RODRIGUEZ, JUAN JOSE BARRIOS, y MIGUEL ANGEL GOMEZ, en contra de la Sociedad Mercantil ASTILLEROS DE ORIENTE, CA., QUINTO: SE ORDENA a la parte demandada cancelar los montos correspondientes a los conceptos demandados que resulten de la experticia complementaria del fallo. SEXTO:: Se o.....