PRIMERO: Que la casa ubicada en calle La Bolivariana de Guasimal, Municipio Benítez del Estado Sucre y alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con casa y terreno que son o fueron de LUIS MARTÍNEZ; SUR: Casa y terreno que son o fueron de FREDERICK DÍAZ; ESTE: Su frente Calle La Bolivariana y OESTE: Su fondo, terreno Municipal; perteneciente al ciudadano ALEXIS ENRIQUE DÍAZ MORENO, según documento Protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Benítez del Estado Sucre, en fecha 04 de Abril de 2.008, bajo el N° 8 de la serie, folios 18 al 23; Protocolo Primero, Primer Trimestre del año 2.008, pasará a formar parte de la única y exclusiva propiedad de su hijo menor FREDDYS ALEXIS DÍAZ DÍAZ, comprometiéndose ambas partes a realizar la tradición legal, una vez se libere la Hipoteca que existe a favor del IPASME, hipoteca que ALEXIS ENRIQUE DÍAZ, se compromete a cancelar en los términos convenidos en dicho documento. SEGUNDO: Ambas partes convienen que el vehículo Cl.....