y estudiadas como han sido las declaraciones rendidas por ante éste Juzgado de los testigos ciudadanos: ADRIÁN JOSÉ QUIJADA SÁNCHEZ y LIDE JOSEFINA FIGUERAS ROSARIO, venezolanos, mayores de edad, solteros, ambos de éste domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 10.219.208 y 9.453.601, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL EXTINTO LUIS CESAR BELLO RODRÍGUEZ, a los ciudadanos ODALYS MIREYA MARÍN LÓPEZ, MARIA ALEJANDRA BELLO MARÍN y LUIS CESAR BELLO MARÍN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 4.239.119, 11.969.357 y 14.579.923 respectivamente, de conformidad con lo est.....