Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Trabajo y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, deja SIN EFECTO el auto de fecha 17-09-04, y las actuaciones posteriores a él. En consecuencia, éste Tribunal, declara confeso a la Empresa Mercantil ¿CIFER, C.A.¿, parte demandada en el presente juicio. Así mismo, vista la diligencia de fecha 13 de Septiembre 2.004, suscrita por el Abogado en ejercicio EMILIO JOSE RUSSIAN, inscrito en el I4npreabogado bajo el Nº 4.512, con el carácter de autos, y visto igualmente el contenido de la misma, el Tribunal NIEGA la solicitud de que no se aperture la causa a pruebas por considerarlo Improcedente, en vista de que no existen en autos ninguno de los Supuestos contemplados en el Artículo 389 del Código de Procedimiento Civil, en los cuales de manera taxativa se establecen las.....