Vista la solicitud presentada por la ciudadana: ENRIQUETA DEL CARMEN RUIZ DE AGUILERA, venezolano, mayor de edad, casado, comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° 3.762.772, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio: YOANNA MOYA, inscrita en el InpreAbogado bajo el N° 128.757, este Tribunal previamente observa:
Que en fecha 17 de Junio de 1.991, la ciudadana: ENRIQUETA DEL CARMEN RUIZ DE AGUILERA, identificada anteriormente, presentó por ante este Tribunal Solicitud de TITULO SUPLETORIO en el cual se coloco incorrecto el Número de Cédula de Identidad de la Solicitante, como "3.762.722", siendo su verdadero Número el N°: "3.762.772"; es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Ordena la corrección en el escrito de la so.....