La Acción intentada señala como hecho lesivo la comunicación, entregada por el ciudadano: SALVATORE PIANI, en donde se les participa lo siguiente: <<... Con la finalidad de notificarle, que el contrato de arrendamiento suscrito, en forma privada, por Ustedes y mi representada en fecha 01 de Octubre del 2002 y posteriormente notariado en fecha 11 de Abrir del 2003, por ante la Notaria Publica del Municipio Bermúdez, Carúpano, Estado Sucre, vence el próximo 30 de Septiembre del corriente año...>>,
Ahora bien, el Amparo Constitucional tiene un carácter extraordinario en relación al resto de los remedios Judiciales que coexisten en nuestro ordenamiento Jurídico.
Así, la Jurisprudencia Nacional ha advertido que para su Admisibilidad y procedencia, además de la denuncia de violación de derechos fundamentales es necesario que no exista “Otro medio procesal adecuado”.
No hace falta entonces acudir a un análisis Jurisprudencial minucioso para afirmar que con el Amparo Constituci.....