y por cuanto se observa que en fecha 02 de Noviembre del 2010, compareció el Abogado SALVADOR JOSE FARIAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 81.448, en su carácter de apoderado de la parte demandante y en fecha 18 de Noviembre del 2.010, compareció la parte demandada ciudadana LUISA ANTONIETA LA ROSA, asistida del abogado en ejercicio GUALBERTO RIOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 6.746 y presentaron escritos de pruebas, siendo extemporáneas por anticipadas las mismas.
Ahora bien sobre este particular ya la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, ha señalado que no puede sancionar al abogado diligente como se sanciona a quien actúa tardíamente dentro del proceso, y que en el caso de la actuación anticipada debe ser considerada realizada oportunamente, es por lo que este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de l.....