Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por la Autoridad de la Ley, REPONE la presente causa al estado de Admitir. Y así de decide.- En consecuencia, Vista la solicitud de DIVORCIO 185-A, presentada por la ciudadana: MERQUIADES DEL CARMEN HEREIRA, venezolana, mayor de edad, casada, titilar de la Cedula de Identidad N° 10.884.486 y domiciliada en la Comunidad de San Juan de Unare, Municipio Arismendi del Estado Sucre, asistida en este acto por el Abogado en ejercicio: JESUS ARMANDO CENTENO GAMBOA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.835 y por cuanto la misma no es contraria al orden público a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho. Cítese al ciudadano: EVELIO ANASTACIO UGAS, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula.....