Vista la diligencia suscrita por el ciudadano RICARDO ENRIQUE INCIARTE CURBELO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.231.777, asistido del Abogado en ejercicio EINSTEN ALBERTO MANEIRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.297, parte demandada en el presente juicio, y por el Abogado en ejercicio JESUS ALBERTO MARTÍNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 33.415, en su carácter de apoderado Judicial de la parte demandante en el presente juicio, en la cual el demandante acepto la Dación de pago realizada por el demandado, es por lo que este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la Dación de Pago suscrita de conformidad con lo dispuesto en el.....